Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

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dmarcos
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Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por dmarcos »

Pues como siempre he pensado que ir a una ciudad con la moto y no saber si la puedes dejar en la acera o no, es un rollo patatero, me he puesto manos a la obra y estoy escribiendo a las principales ciudades españolas (a sus ayuntamientos) para que me digan cómo está la normativa municipal al respecto.
Los que tienen a A la espera de respuesta es que he contactado pero no me han dicho nada todavía. Los que no tienen nada es que de momento no he contactado.
Este es el resultado:

A Coruña: A la espera de respuesta
Albacete: A la espera de respuesta Respuesta: En las zonas habilitadas
Alicante: A la espera de respuesta Respuesta: No se puede aparcar una motocicleta en la acera o en zonas no reguladas. Existen zonas de aparcamiento solo para motocicletas delimitadas en varios puntos de la ciudad. También está prohibido estacionar motocicletas y ciclomotores en las Áreas de estacionamiento regulado.
Almería: A la espera de respuesta
Ávila: A la espera de respuesta Respuesta: Con relación a su consulta le comunicamos que la Ordenanza de Circulación para el Término Municipal de Ávila (BOP 19 de agosto de 2010), en su artículo 53, prohibe expresamente estacionar sobre las aceras. Desde la Policía Local nos confirman este extremo y y nos indican que, "no obstante, no existe problema de estacionamiento en lugares autorizados".
Badajoz: A la espera de respuesta
Barcelona: Respuesta: En Barcelona se puede aparcar sobre la acera siempre que no esté expresamente prohibido y siempre que tenga al menos 3 metros de ancho. Han de librarse espacios como pasos de peatones (dejar al menos 1,5 metros),salidas de emergencia y paradas de autobús. Está prohibido circular por el carril bus, y atar la moto a elementos de mobiliario urbano. Los vehiculos de tres ruedas (los piagio y otros por el estilo) prohibido sobre la acera -no tiene consideración de moto- Busco la ordenanza y la copio (kukin)
Bilbao: A la espera de respuestaRespuesta: Existe una Ordenanza de Circulación en la que como en la normativa general de circulación está prohibido el estacionamiento y aparcamiento de vehículos incluidas motocicletas en las aceras
Burgos: A la espera de respuesta Respuesta: Le indicamos que en la Ley de Seguridad Vial vigente se establece como normativa unificada la posibilidad de aparcar las motos en las aceras mientras no se perjudique el tránsito de peatones, y si no es posible estacionar las motos en las zonas reservadas para ellas o en la calzada, se podrá aparcar en línea sobre la acera cuando ésta mida más de 3 metros, o en semibatería cuando mida más de 6 metros.
Cáceres: A la espera de respuesta Respuesta: La normativa que rige en nuestra ciudad es la misma que en el resto de España, el Reglamento General de Circulación, no existiendo ordenanza al respecto. Por lo expuesto, no se puede estacionar motocicletas sobre el acerado. No obstante existen gran cantidad de estacionamiento reservados para motocicletas y ciclometores en la zona centro de Cáceres.
Cádiz: A la espera de respuesta Respuesta: En relación a su consulta, le comunicamos que el aparacamiento para motocicletas nunca se realizará en aceras ni en lugares de tránsito para peatones ( de hacerse se expondría a una sanción administrativa). Los lugares de estacionamiento para motocicletas serán aquellos indicados igualmente, para el estacionamiento de ciclomotores.
Castellón: A la espera de respuesta Respuesta: En Castellón no está permitido el estacionamiento sobre la acera, como ocurre en Madrid. Por lo tanto, para estacionar la motocicleta deberá utilizar las zonas de estacionamiento habilitadas al efecto existentes en la ciudad, o en su defecto, zonas de estacionamiento normal.
Ciudad Real: A la espera de respuesta
Córdoba: A la espera de respuesta Respuesta: (no tiene desperdicio lo que dice el funcionario)En el acerado no esta permitido aparcar la moto, aunque hagan la vista gorda y no nos multen. Desconozco la normativa en profundidad, pero esta claro que en el acerado, lo mas probable es que lo sancionen, por lo que la recomendación es buscar un aparcamiento, como cualquier vehículo de 4 ruedas o un parking de pago.
Cuenca:
Gerona: A la espera de respuestaRespuesta: Lamentablemente en Girona la normativa no permite aparcar en las aceras, por el contrario hay muchos espacios de aparcamiento en toda la ciudad que si están habilitados para las motocicletas.
Granada:
Guadalajara:
Huelva:
Huesca: A la espera de respuesta Respuesta: en cuanto a la pregunta que nos hace del estacionamiento de su motocicleta en la ciudad de Huesca no esta permitido estacionar encima de las aceras, deberá estacionar en las plazas habilitadas para este tipo de vehículos o donde el resto de vehículos, decirle igualmente que desde hace pocas fechas tenemos muchas zonas peatonales controladas por cámaras y a estos sitios solamente pueden acceder vehículos autorizados, en el caso de que usted tenga el hotel en la zona peatonal también podría acceder y posteriormente su hotel nos mandaría su placa de matrícula para que no se le tramitara la denuncia.
Jaén:
Las Palmas de Gran Canaria:
León: A la espera de respuesta Respuesta: Indicar que la Concejalía de Policía Local nos informa que, existen aparcamientos destinados para motocicletas en muchas calles de León (en el centro y zonas limítrofes), lo que no está permitido es aparcar en las aceras bajo sanción (multa).
Lleida: A la espera de respuesta Respuesta: Hemos consultado las ordenanzas municipales y a priori está prohibido estacionar las motocicletas en las aceras excepto en aquellos espacios en que se indique de forma expresa.
Logroño: A la espera de respuesta Respuesta: Las Ordenanzas Municipales de Logroño no contemplan la posibilidad de estacionamiento de los vehículos de dos ruedas sobre las aceras, por lo que debe considerarse prohibido. Por otra parte, la Ordenanza de Aparcamiento Regulado ORA prohibe el estacionamiento de motocicletas en las zonas de aparcamiento con limitación horaria (azul y verde), salvo en los lugares especialmente señalizados para las mismas, donde el aparcamiento de estos vehículos es gratuito y sin limitación temporal.
Lugo: A la espera de respuesta
Madrid: Respuesta: Si que se puede sin problema ninguno. Preferiblemente en aceras con más de 2m de anchura.
Málaga:
Murcia:
Orense: A la espera de respuesta Respuesta: Según recoge la Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación, titulo 6, capitulo II, art. 84, no esta permitido aparcar en las aceras
  • Vigo: Respuesta: Está permitido aparcar en las aceras y circular por los carriles bus
Oviedo: A la espera de respuesta Respuesta: En Oviedo hay habilitadas muchas plazas de estacionamiento en exclusiva para las motos. Esta prohibido estacionar sobre las aceras y areas peatonales.
Palencia: A la espera de respuesta Respuesta: Artículo 57 Los vehículos de dos ruedas, ya sean motocicletas, ciclomotores o bicicletas, estacionarán en la calzada junto a la acera en forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de un metro y treinta centímetros, de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso de la acera a la calzada.
Igualmente podrán estacionar en las aceras cuando en la calzada no exista lugar reservado para esta clase de vehículos a menos de cincuenta metros o su estacionamiento en la misma resulte dificultoso, siempre que se cumplan las prescripciones siguientes:
a) Se estacionará cerca del bordillo, pero no a menos de 50 centímetros del mismo.
b) Se dejarán al menos 2,50 metros libres para el paso de peatones entre el vehículo y la fachada, jardín, valla u otro elemento que delimite la acera.
c) Se situará el vehículo de forma que, en las paradas de transporte público, se dejen al menos 15 metros libres.
d) Se dejarán libres los pasos para peatones.
a) Queda expresamente prohibido el estacionamiento de estos vehículos junto a las fachadas.

Palma:
Pamplona: A la espera de respuesta Respuesta: La Ordenanza Municipal de Tráfico prohíbe expresamente el estacionamiento en las aceras.
Pontevedra: A la espera de respuesta
Salamanca:
San Sebastián: A la espera de respuesta
Santa Cruz de Tenerife:
Santander: A la espera de respuesta
Segovia:
Sevilla:
Soria: A la espera de respuesta
Tarragona: A la espera de respuesta Respuesta: En la ciudad NO está permitido aparcar en la acera, ya que hay muchas zonas repartidas por la ciudad exclusivas para las motocicletas.
Teruel: A la espera de respuesta Respuesta: Podemos adelantarle que la ordenanza que rige en esta ciudad , NO permite aparcar en las aceras, no obstante en la ciudad ( sobre todo Centro Histórico) hay ubicados aparcamientos destinados unicamente para motos.
Toledo:
Valencia:
Valladolid: Respuesta: En Valladolid no se puede aparcar encima, hay que hacerlo en los espacios habilitados, si no, multa. Es mas, si el psrking de motos esta a reventar y aparcas encima de la acera junto al parking de motos, te cae multa. Lo he visto con estos ojitos
Vitoria: A la espera de respuesta
Zamora: A la espera de respuesta
Zaragoza: A la espera de respuestaRespuesta: Art. 27.- Las motocicletas, ciclomotores y bicicletas, de no existir espacios destinados específicamente a este fin, podrán estacionar encima de las aceras, paseos o andenes de más de tres metros de anchura, en forma paralela a la acera y a una distancia de cincuenta centímetros del extremo lateral de ésta más próxima a la calzada. La distancia longitudinal mínima entre dos vehículos de este tipo, estacionados en la forma que se cita, será de dos metros.

Bueno pues aquí está la curradilla.
Si los administradores lo consideran de interés general, estaría bien que quedara bloqueado para que no se perdiera.
Salu2 y espero que os guste.

P.D.- Iré actualizando según contesten los organismos pertinentes.
Última edición por dmarcos el 02 Abr 2014 12:47, editado 15 veces en total.
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havgan
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por havgan »

Bueno Dmarcos, en BCN capital sé que la OM dicta que no se pueden estacionar motos fuera de los estacionamientos habilitados patra ello (esto te lo confirmarán los foreros de la capital), pero hasta no hace mucho si la acera tenia más de 6mtrs de ancho se toleraba, y digo antes porque no se si esa tolerancia sigue en pié. Tampoco se pueden amarrar a los elementos de la via, señales, papeleras , farolas etc....En la ciudad donde yo vivo que esta como a 30km de BCN siempre que no moleste y que no haya un estacionamiento habilitado en las inmediaciones se tolera que se deje en la acera, pero te puedes encontar con una sorpresa...
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dmarcos
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por dmarcos »

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rsambora
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por rsambora »

En Vigo se puede en las aceras y además también se puede circular en moto por el carril bus, lo cual es bastante útil !!
yatval
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por yatval »

Otra buena iniciativa, dmarcos.

En Madrid creo que la norma era que se pueden aparcar en aceras de más de 3 metros, paralelas a la vía, y lo más próximo a ella que se pueda. En el centro yo he visto poner multas a motos aparcadas en diagonal en las aceras, o debajo de terrazas en días de lluvia. Depende de como tenga el día la autoridad.

También leí que esto está denunciado por una asociación de personas de movilidad reducida, que lo ganaron, y que aún así el ayuntamiento pasa de la sentencia. Es lo bueno o malo de haber tenido tantos años un alcalde motero
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por eljosele »

Lo de los 6 metros de la acera en bcn es cierto, aunke aki en mi pueblo si la acera es lo suficientemente ancha para no estorbar a los peatones ni me lo pienso.
duk2n
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por duk2n »

A parte de si dejan aparcar o no en la acera, lo de poder circular por los carriles bus es un puntazo. En Zaragüay si te pilla el (poliurbano) de turno te cruje de lo lindo
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por Yoanyo25 »

En Valladolid no se puede aparcar encima, hay que hacerlo en los espacios habilitados, si no, multa. Es mas, si el psrking de motos esta a reventar y aparcas encima de la acera junto al parking de motos, te cae multa. Lo he visto con estos ojitos
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cadolujo
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por cadolujo »

Gran iniciativa Dmarcos. En Santander no se puede aparcar en la acera, pero en el centro hay muchos sitios habilitados
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Kukin

Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por Kukin »

Bueno, yo he copiado lo que recuerdo de la famosa ordenanza. De hecho,este tema lo hablamos en el foro primigenio.
Lo que si que es verdad es que en Barcelona, si hay un aparcamiento de motos, y plazas libres, si aparcas en la acera y tienes un urbano cerca, te mira un poco mal, y te tienes que encomendar a los santos.... (atuspies) y a la benevolencia del sr. agente.
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por ales »

Genial. Muy buena iniciativa d marcos.
Este verano estuve x el pais vasco y en cada ciudad que visitaba no tenia claro lo q podia o no hacer.
T felicito.
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por dmarcos »

Pues muchas gracias señores. Veo que la iniciativa ha gustado. Hoy ya me están contestando los ayuntamientos. Creo que entre todos los sacamos en un pis pas.

Gracias,
Salu2
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por Elnenbcn »

Gran trabajo dmarcos y muy útil para todos!!

(bravo) (bravo) (bravo) (bravo) (bravo) (bravo) (bravo) (bravo) (bravo)

os puedo decir que en Barcelona la normativa va según barrio y según agente ya que las ves de todos los colores, os lo comento porque por ejemplo delante de la escuela donde trabajo al haber una cantida bastante grande de alumnos que vienen en moto dejan aparcar hasta en la isleta del parque te tenmos justo delante.

(shock) (shock) (shock) (shock) (shock) (shock) (shock) (shock)
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por albertutxo »

Muy bueno conocer estos detalles, porque tú estás acostumbrado a tu ciudad y cuando sales te puedes encontrar sorpresas. Por ejemplo, que se pueda circular por el carril bus en Madrid (y veo que en otras cuidades, como Vigo).

Sobre la normativa en Madrid, la ordenanza de movilidad es bastante más restrictiva que lo que pones, (la podéis consultar en la web del ayuntamiento), pero dado el volumen de tráfico de la ciudad, se quiere fomentar el uso de la moto (de ahí lo de permitirnos circular por el carril bus), por lo que si se molesta poco se suele hacer mucho la vista gorda. Y es que el número de plazas de aparcamiento para motos en la capital se ha quedado muy por debajo del número de motos, como explican en este artículo de El Mundo (que aunque es de 2011, se puede aplicar a la actualidad cambiando pocos números).

Conozco un caso curioso. Debajo del puente de Eduardo Dato sobre la Castellana todo el mundo dejaba las motos, resguardaditas de la lluvia y de algunos simpáticos amigos. Pues bien, un día decidieron que ya no se podía, así que advirtieron al personal de que a partir de un lunes cualquiera empezarían a multar, y así hicieron (poliurbano) (contrato) (nopueser) . El caso es que se ve que la prohibición solo afecta al lado de los impares (para los que conozcáis el lugar, junto al edificio de la Mutua), mientras que en en el lado de los pares (junto al ABC Serrano) se sigue aparcando. Eso sí, con el tiempo poco a poco se va viendo alguna moto. He oído un par de diferentes versiones de la causa: que se trata de un museo al aire libre (shock) , o porque no se pueden dejar debajo de un puente, aunque ninguna tiene sentido si en un lado multan y en el otro no (chalao) . A mí se me ocurre que más bien es cuestión de imagen, igual la visita del COI tuvo algo que ver... (pienso)

Y ahora, para aliviar un poco porque me ha quedado un pequeño tocho, (salami) .

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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por dmarcos »

albertutxo escribió:Muy bueno conocer estos detalles, porque tú estás acostumbrado a tu ciudad y cuando sales te puedes encontrar sorpresas. Por ejemplo, que se pueda circular por el carril bus en Madrid (y veo que en otras cuidades, como Vigo).

Sobre la normativa en Madrid, la ordenanza de movilidad es bastante más restrictiva que lo que pones, (la podéis consultar en la web del ayuntamiento), pero dado el volumen de tráfico de la ciudad, se quiere fomentar el uso de la moto (de ahí lo de permitirnos circular por el carril bus), por lo que si se molesta poco se suele hacer mucho la vista gorda. Y es que el número de plazas de aparcamiento para motos en la capital se ha quedado muy por debajo del número de motos, como explican en este artículo de El Mundo (que aunque es de 2011, se puede aplicar a la actualidad cambiando pocos números).

Conozco un caso curioso. Debajo del puente de Eduardo Dato sobre la Castellana todo el mundo dejaba las motos, resguardaditas de la lluvia y de algunos simpáticos amigos. Pues bien, un día decidieron que ya no se podía, así que advirtieron al personal de que a partir de un lunes cualquiera empezarían a multar, y así hicieron (poliurbano) (contrato) (nopueser) . El caso es que se ve que la prohibición solo afecta al lado de los impares (para los que conozcáis el lugar, junto al edificio de la Mutua), mientras que en en el lado de los pares (junto al ABC Serrano) se sigue aparcando. Eso sí, con el tiempo poco a poco se va viendo alguna moto. He oído un par de diferentes versiones de la causa: que se trata de un museo al aire libre (shock) , o porque no se pueden dejar debajo de un puente, aunque ninguna tiene sentido si en un lado multan y en el otro no (chalao) . A mí se me ocurre que más bien es cuestión de imagen, igual la visita del COI tuvo algo que ver... (pienso)

Y ahora, para aliviar un poco porque me ha quedado un pequeño tocho, (salami) .

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Me juego lo que quieras que eso han sido los de la Mutua que se han quejado. Cuando tenían la sede en la C/Almagro pasaba algo similar.
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albertutxo
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por albertutxo »

dmarcos escribió:Me juego lo que quieras que eso han sido los de la Mutua que se han quejado. Cuando tenían la sede en la C/Almagro pasaba algo similar.
Salu2
No lo descartes, aunque los principales perjudicados sean los propios empleados. De vez en cuando visita el edificio algún pez gordo de esos que tienen a los polis revisando las alcantarillas (poliurbano) .
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Jose
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por Jose »

Respecto a Valencia copio noticia capturada en Google :

Valencia ha sido hasta ahora una excepción de entre las grandes capitales españolas, en la prohibición de que las motocicletas aparquen en las aceras. Tanto el Ayto. de Madrid como el de Barcelona permiten en sus ordenanzas de tráfico este tipo de estacionamiento en la zona reservada para peatones, con el propósito de ofrecer una alternativa ante la falta de parking en prácticamente todas las calles de estos municipios. La Ordenanza de Circulación aprobada por acuerdo del Ayto. de Valencia del pasado 28.05.2010 y publicada en el B.O.P. del 17.06.2010, regula este tan esperado tema y permite el poder aparcar en las aceras según se indica en este extracto:
OBLIGACIONES DEL MOTORISTA
- En el supuesto de que no los hubiera, siempre que esté permitido el estacionamiento podrán estacionar en la calzada, junto a la acera de forma oblicua a la misma y ocupando una anchura máxima de 1,3 m. de forma que no se impida el acceso a otros vehículos o el paso desde la acera a la calzada.
- Cuando no sea posible el estacionamiento en los espacios previstos en el apartado anterior, y no estuviera prohibido o existiera reserva de carga y descarga en la calzada, podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de 3 m. de ancho con las siguientes condiciones:



1 - Paralelamente al bordillo a una distancia mínima de 0,5 m, cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 3 m. e inferior a 6 m. y siempre a más de 2 m. de los límites de un paso de peatones o parada de transporte público.




2 - En las zonas señalizadas entre los alcordes, siempre y cuando el anclaje del vehículo no se realice en los árboles u otros elementos vegetales o de mobiliario urbano.




3 - En semibateria, cuando la anchura de las aceras, andenes o paseostengan una amplitud superior a 6 m. y siempre a más de 2 m. de los límites de un paso de peatones o parada de transporte público.

QUEDA PROHIBIDO
- Estacionar en calles peatonales salvo señalización expresa que lo autorice.
- Estacionar junto a fachadas, y en ningún caso se obstruirán puertas, ventanas, escaparates, etc.
- Encadenar o amarrar mediante dispositivos de seguridad el vehículo a farolas, árboles o cualquier otro elemento ornamental o de mobiliario urbano, que no sea expresamente colocado para este fin.
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erathiel

Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por erathiel »

Una idea excelente dmarcos!!! Últimamente estás sembrado! Muchas gracias por el aporte y por la currada! (bravo) (bravo) (bravo) (bravo)
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por dmarcos »

Actualizado con varias ciudades más.
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PacoXerez
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Re: Y en tu ciudad donde aparco mi moto?

Mensaje por PacoXerez »

En mi pueblo puedes aparcar en las aceras en el extraradio. Ahora bien, en el centro, o lo haces en los aparcamientos al efecto, que son muchos, o pierdes 'el amotillo' y te dan (salami) . Salu2.
INTEGRADILLA
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